Normalmente, la cantidad solicitada a la entidad financiera no debería superar el 80% de la tasación del inmueble (valor de mercado del inmueble excluidos impuestos de compraventa). No obstante, determinadas entidades y para ciertos colectivos profesionales, pueden llegar a ofrecer hasta el 100%. Otro límite relevante es que la cuota resultante del préstamo hipotecario no deberá superar el 40% de los ingresos líquidos justificables. |